El IAM se reunirá con las asociaciones de mujeres y les explicará las nuevas bases reguladoras para las subvenciones

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El Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) mantendrá encuentros con las asociaciones de mujeres con el propósito de explicarles las principales novedades de las nuevas bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones y federaciones de mujeres para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y/o la prevención de la violencia de género. Estos encuentros, que arrancan hoy, se realizarán en formato online debido a la crisis sanitaria por el COVID-19 y se prolongarán durante esta semana y la próxima. En estas reuniones estarán presentes personal técnico del IAM, las asesoras de programa y las asociaciones vocales del Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres (CAPM), que representan a las más de dos mil asociaciones que existen en Andalucía.

La directora del Instituto Andaluz de la Mujer, Laura Fernández, ha destacado que “estos encuentros suponen un ejercicio de transparencia por parte de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación y del IAM con las asociaciones de mujeres”, al mismo tiempo que ha agradecido su gran labor. “Las asociaciones de mujeres constituyen un importante actor del tercer sector, articulando nuevas formas de organización social y de participación de las mujeres en el ámbito público, adquiriendo un creciente protagonismo en el impulso para el avance hacia la igualdad de género en el terreno de la participación social y política”, ha señalado. 

En esta línea, ha apuntado que “en las últimas décadas el movimiento asociativo de mujeres ha ido en aumento, adquiriendo cada vez más protagonismo y articulando nuevas formas de organización social y de participación de las mujeres en el ámbito público, organizándose en torno a intereses comunes, ocupar espacios públicos y desplegar estrategias de acción colectiva, convirtiéndose en poderosos instrumentos de participación y cambio social”. A este respecto, ha recordado que “el impulso del movimiento asociativo de mujeres en Andalucía ha sido una de las acciones prioritarias del Instituto Andaluz de la Mujer desde su creación y así lo sigue siendo”.

Laura Fernández se ha mostrado convencida de que el nuevo proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las asociaciones y federaciones de mujeres incidirá en “la promoción del tejido asociativo de mujeres, el aumento y fortalecimiento de la presencia de las mujeres en la construcción de la sociedad, en la vida política, económica, cultural, deportiva, social; además del fomento de una participación equilibrada de mujeres y hombres en todos los ámbitos así como el apoyo a iniciativas destinadas a la detección, sensibilización y prevención de la violencia contra las mujeres”. Asimismo, ha avanzado que el objetivo es que las nuevas bases reguladoras y la convocatoria estén publicadas en diciembre.

De esta forma, la directora del IAM ha subrayado que “estas nuevas bases se configuran como imprescindibles ya que se facilitará unos recursos básicos para que las asociaciones y federaciones de mujeres desarrollen proyectos para la consecución de los objetivos estratégicos sobre la igualdad real de mujeres y hombres y remover los obstáculos que impiden que esta sea efectiva en la sociedad. Este proyecto de Orden constituye una acción claramente dirigida al logro de la igualdad de género, al actuar sobre los diferentes factores y situaciones de desigualdad y especial vulnerabilidad que viven las mujeres, es importante no solamente para garantizar que sus necesidades e intereses estén presentes en la gestión de los diversos espacios, sino porque fortalece la posición de las mujeres en la sociedad”.

Asimismo, Fernández ha asegurado que en estos encuentros se resolverán dudas y explicarán las principales novedades de las bases reguladoras. Entre ellas, destacan que el porcentaje de la subvención será del 100% y no existirá la posibilidad de prorrateo. También se recoge que los proyectos subvencionables serán aquellos de información y sensibilización social sobre la igualdad entre mujeres y hombres, que contribuyan a informar y sensibilizar sobre la participación de las mujeres, fomenten el desarrollo de las capacidades de las mujeres, especialmente de las mujeres del medio rural, para asumir funciones de liderazgo, desde una perspectiva de género; así como proyectos dirigidos a impulsar la presencia y participación de las mujeres, especialmente jóvenes, en el tejido asociativo; que integren el principio de interseccionalidad, atendiendo a la diversidad de colectivos de mujeres y situaciones de múltiple discriminación y de prevención, formación y sensibilización de la violencia contra las mujeres.

También se establecen como proyectos no subvencionables aquellos que comprendan actividades de ocio exclusivamente, no incorporen el enfoque de género o cuyo objeto sea la atención a mujeres víctimas de violencia. En cada convocatoria podrá establecer los proyectos preferentes de actuación.

Por otra parte, se estimarán como gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido por la resolución de convocatoria, conforme al presupuesto aceptado. En tal categoría se encuentran los gastos de personal, materiales, publicidad y promoción de las actividades, alquiler de bienes muebles e inmuebles necesarios para el desarrollo de la actividad, gastos de personas ponentes y de manutención, alojamiento y transporte. 

Mientras tanto, no se considerarán gastos subvencionables aquellos derivados de la financiación de actividades meramente lúdicas cuya idoneidad y necesidad de ejecución para la consecución de los fines del programa o actividad subvencionada no se encuentren expresamente justificadas en el proyecto; de comidas o cualquier tipo de gratificación u obsequio a participantes y organizadores; gastos corrientes del funcionamiento de la entidad solicitante, protocolarios, de inversión, intereses deudores y gastos de gestión bancaria y gestoría; intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, gastos de procedimientos judiciales y las retribuciones percibidas por las personas de la junta directiva por razón de su cargo.

Con respecto a los criterios de valoración de los proyectos, se valorarán sobre un máximo de 100 puntos en base a la calidad técnica (hasta 50 puntos), la idoneidad de la entidad solicitante (hasta 20 puntos) y el impacto previsto de los beneficios del proyecto (hasta 30 puntos).

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